RESICO 2026: Guía Completa del Régimen Simplificado de Confianza
Por Clara Intelligence · 2026-04-28
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema fiscal creado por el SAT en 2022 para facilitar el pago de impuestos a personas físicas con ingresos hasta 3.5 millones de pesos anuales y a personas morales con ingresos hasta 35 millones, aplicando tasas reducidas (1% a 2.5% para personas físicas) y eliminando la mayoría de deducciones a cambio de una contabilidad mucho más simple y declaraciones mensuales automatizadas.
¿Qué es el RESICO y para quién está diseñado?
El RESICO sustituyó al antiguo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y busca simplificar la carga administrativa de los contribuyentes pequeños y medianos. Aplica para dos perfiles muy distintos:
Personas físicas: profesionistas independientes, comerciantes, arrendadores y actividades primarias con ingresos hasta $3,500,000 MXN al año. - Personas morales: empresas constituidas en México con ingresos hasta $35,000,000 MXN al año, integradas únicamente por personas físicas y que no participen en otras sociedades.
A cambio de esa simplicidad fiscal, el contribuyente acepta tributar sobre ingresos cobrados (no facturados) y renunciar a la mayoría de deducciones tradicionales.
¿Cuáles son las tasas de ISR en RESICO para personas físicas?
La tasa de ISR del RESICO se aplica directamente sobre los ingresos efectivamente cobrados en el mes, sin restar gastos. Es una tabla progresiva:
Comparado con la tarifa del Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales (que llega al 35%), las tasas del RESICO son notablemente más bajas, pero hay que recordar que no se permiten deducciones personales en los pagos provisionales, solo en la declaración anual.
ISR: tasa del 1% al 2.5% sobre ingresos cobrados. - IVA: 16% trasladado y acreditable como cualquier régimen, con declaración mensual. - Cuotas IMSS: si tiene trabajadores asalariados (no aplica al titular del RESICO).
¿Cómo funciona el RESICO para personas morales?
Las personas morales en RESICO tributan al 30% de ISR, igual que el régimen general, pero con dos diferencias críticas:
Acumulación sobre flujo de efectivo: solo se acumula el ingreso cuando efectivamente se cobra, no cuando se factura. 2. Deducciones sobre flujo de efectivo: solo se deducen los gastos efectivamente pagados.
Esto representa un alivio enorme de capital de trabajo para empresas pequeñas que antes tenían que pagar ISR sobre facturas no cobradas.
¿Quién no puede tributar en RESICO?
El SAT excluye expresamente del RESICO a:
Socios o accionistas de personas morales (excepto en RESICO PM). - Residentes en el extranjero con establecimiento permanente. - Personas con ingresos por asimilados a salarios. - Quienes presten servicios o vendan bienes a partes relacionadas. - Notarios, corredores, agentes aduanales y fedatarios públicos. - Quienes obtengan ingresos por adquisición de bienes o premios. - Personas físicas que rebasen los $3.5M anuales en algún momento del ejercicio.
Si caes en alguno de estos supuestos, debes salirte del régimen y migrar a Actividades Empresariales y Profesionales o al Régimen General.
¿Cómo me doy de alta en el RESICO?
El proceso es 100% en línea desde el portal del SAT:
Entra a sat.gob.mx con tu e.firma o contraseña. 2. Ve a "Trámites del RFC" → "Actualización en el RFC" → "Aumento o disminución de obligaciones". 3. Selecciona Régimen Simplificado de Confianza como nuevo régimen. 4. Confirma y genera el acuse. 5. Descarga tu nueva Constancia de Situación Fiscal con el régimen actualizado.
Es importante revisar que el cambio se refleje antes de emitir tu primera factura del nuevo periodo, porque el régimen del emisor se valida en CFDI 4.0.
¿Qué declaraciones tiene que presentar un RESICO?
Pago provisional mensual de ISR: a más tardar el día 17 del mes siguiente. El SAT envía un prellenado automático con base en tus CFDIs emitidos y cobrados. - Declaración mensual de IVA: día 17 del mes siguiente. - Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT): mensual. - Declaración anual: en abril del año siguiente. Aquí se aplican las deducciones personales (médicos, colegiaturas, hipoteca, donativos).
Pago provisional mensual de ISR: día 17 del mes siguiente, sobre flujo de efectivo. - Declaración mensual de IVA. - Declaración anual en marzo del año siguiente. - DIOT mensual.
¿Qué pasa si no cumplo con mis obligaciones en RESICO?
El régimen tiene reglas especiales de salida automática. El SAT te puede sacar del RESICO si:
No presentas tres declaraciones mensuales consecutivas o seis discontinuas en un año. - Tu RFC no está activo o tu domicilio no está localizable. - No emites CFDIs por todas tus operaciones. - Rebasas los topes de ingresos.
Una vez fuera del RESICO, no puedes regresar en los siguientes 5 ejercicios fiscales. Por eso es crucial mantener al día tus declaraciones y la conciliación de tus facturas.
Ventajas y desventajas del RESICO
Tasas de ISR muy bajas para personas físicas (hasta 2.5%). - Acumulación sobre flujo de efectivo (mejora capital de trabajo). - Declaraciones prellenadas por el SAT. - Menor carga administrativa que el régimen general. - No se requiere coeficiente de utilidad para PM.
No se permiten deducciones empresariales en pagos provisionales. - Tope de ingresos limita el crecimiento. - Salida automática estricta sin retorno por 5 años. - Régimen no apto si tienes operaciones con partes relacionadas.
¿Cómo facturar correctamente en RESICO?
Tus CFDIs deben llevar el régimen fiscal correcto según tu perfil:
Personas físicas: clave 626 – Régimen Simplificado de Confianza. - Personas morales: clave 626 – Régimen Simplificado de Confianza para PM.
Cada CFDI que emitas debe incluir tu RFC, nombre exacto, código postal del domicilio fiscal y este régimen. Si tu cliente factura mal tu RFC, revisa nuestra guía sobre cómo corregir un RFC incorrecto en una factura.
Para deducir lo que compras (gasolina, papelería, herramientas), también debes pedir factura: revisa el CFDI 4.0 y sus campos obligatorios para asegurarte de que tus proveedores te emitan correctamente.
Errores comunes al tributar en RESICO
Facturar como Régimen General teniendo el RESICO activo: invalida la factura y te puede sacar del régimen. 2. No declarar meses sin actividad: aunque no tengas ingresos, debes presentar la declaración en ceros. 3. Pensar que las deducciones personales aplican mensualmente: solo se aplican en la declaración anual. 4. No vigilar el tope anual: pasarte de $3.5M te expulsa automáticamente del régimen. 5. No conciliar lo cobrado vs lo facturado: el SAT cobra impuesto sobre lo que cobras, no sobre lo que facturas.
Clara Intelligence y el RESICO
Si estás en RESICO necesitas tener todas tus facturas —tanto las que emites como las que recibes— ordenadas y validadas para que el prellenado del SAT cuadre con tu realidad. Clara Intelligence te ayuda a:
✅ Recuperar automáticamente las facturas de tus tickets de gasolina, papelería y suministros. - ✅ Validar que el RFC, nombre y régimen fiscal del receptor sean correctos. - ✅ Centralizar todos tus CFDIs (emitidos y recibidos) en un mismo dashboard. - ✅ Detectar discrepancias entre lo cobrado y lo facturado antes de tu declaración mensual.
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Última actualización: Abril 2026. La información del RESICO puede cambiar. Consulta la sección oficial en sat.gob.mx y, si tienes dudas específicas, consulta a tu contador.